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LSSI

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Ley de servicios de la sociedad de la Información y del comercio electrónico

Ley de obligado cumplimiento para las empresas que utilicen el correo electrónico o internet.


LSSILa Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información y del comercio electrónico, (Lssi), regula los modos de prestación de los servicios en la sociedad de la información y también del comercio electrónico, o a través de la Red.

Esta normativa obliga a los responsables de las páginas web en las que se realicen actividades comerciales o de promoción de productos o servicios a adaptarse a la misma. Se trata de regular las páginas Web o correos electrónicos, otorgando una mayor seguridad jurídica y confianza a los usuarios y empresas que interactúen en Internet.


Obligaciones Legales

Las obligaciones que impone la Lssi a los Prestadores de la sociedad de la información, son las siguientes:

· Obligaciones Offline:

§ Básicamente Obligación de Registro

· Obligaciones online:

§ Obligaciones de Información

§ Obligaciones de Colaboración en relación con los contenidos

§ Obligaciones en el Envío de Comunicaciones comerciales

§ Obligaciones en la Contratación por vía electrónica

Servicios ofrecidos

1.Auditoria de páginas web, identificando problemas e implicaciones legales que eventualmente pudieran existir en la misma y recomendando soluciones.

2.Elaboración de textos y plantillas de adaptación de la pagina web a la ley, se trataría de implementar las medidas concretas, para cumplir con la normativa.

3.Alta en el registro público correspondiente, gestionando ante el correspondiente registro la inscripción del Nombre de dominio.

4.Cursos de formación sobre servicios en la sociedad de la información y e-marketing, mediante ponencias, cursos específicos de formación o jornadas prácticas de trabajo, proveer el conocimiento necesario para que las acciones comerciales en Internet se ajusten a lo dispuesto en la ley.

5.Servicio de asesoramiento y resolución de consultas, para evitar riesgos, es muy importante tener la posibilidad de un asesoramiento permanente y constante.

6.Defensa jurídica, hay veces que los problemas legales aparecen por una circunstancia o por otra y lo importante es contar con un asesoramiento en cualquier circunstancia en la que se pueda encontrar, incluso en el ámbito sancionador.

Sanciones

· Leves: hasta 30.000 €

· Graves: 30.000 – 150.000 €

· Muy Graves: 150.001 –600.000 €

Incluso prohibición de actuación en España, durante un plazo de hasta 2 años

Afectados por la Ley

Son los Prestadores de servicios de la Sociedad de la Información:

- Operadores de telecomunicaciones.

- Proveedores de acceso a Internet.

- Portales.

- Motores de búsqueda.

Y en general cualquier sujeto que disponga de un sitio en Internet que proporcione un Servicio de Sociedad de la Información (todo servicio prestado, a título oneroso, a distancia, por vía electrónica, a petición del destinatario), de modo que englobará:

- Contratación por vía electrónica.

- Suministro electrónico de información.

- Actividades de intermediación relativas a la provisión de acceso a la red.

- Transmisión de datos por redes de telecomunicaciones.

- Realización de copia temporal de las páginas de Internet solicitadas por los usuarios.

- Alojamiento de información en servidores.

- Servicios o aplicaciones facilitadas por otros.

- Provisión  instrumentos de búsqueda o  enlaces

- Cualquier otro servicio o aplicación facilitado a petición de los usuarios.

Principales Leyes y Organismos:

·Ley 34/2002, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI)

·Ley 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal

·Ministerio de Ciencia y Tecnología (www.mcyt.es)

·Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información. (http://www.setsi.mityc.es/)

·Agencia Española de Protección de Datos (http://www.agpd.es/)

 

 

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